Participación
política en la Constitución Española
Artículo 22: 1. Se reconoce el derecho
de asociación.
Artículo
23: 1. Los ciudadanos tiene
el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por
medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas
por sufragio universal. 2. Asimismo, tienen
derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos,
con los requisitos que señalen las leyes.
Participación sindical
en la Constitución Española
Artículo 28: 1. Todos tienen derecho a
sindicarse libremente. La ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de
este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos
sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su
ejercicio para los funcionarios públicos. La libertad sindical
comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección,
así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a
formar organizaciones sindicales internacionales o a afiliarse a las
mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.