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INFORMACIÓN - AYUDA
DEFINICIONES
Se define el Límite de Detección (LD) como la menor cantidad o menor concentración de analito
que puede ponerse en evidencia; para un determinado analito, varía según el método analítico
que se utilice y en la literatura especializada se encuentran diversas definiciones de LD, aplicables
en función de la técnica analítica considerada.
Además del LD basado en la evaluación visual y del basado en el ruido de fondo o relación
señal/ruido del instrumento de medida, que no requieren el concurso de cálculos estadísticos, se
consideran varios LD, obtenidos todos por cálculo a partir de las desviaciones tipo de las
respuestas analíticas. La guía CPMP/ICH/281/95 considera los siguientes:
1.- LD basado en la relación señal/ruido, aplicable a aquellos procedimientos
analíticos en los que el aparato de medida presenta un ruido de fondo o línea de base. Su
determinación se efectúa comparando las señales obtenidas a partir de muestras conteniendo
bajas concentraciones, conocidas, de analito con preparaciones sin analito (blancos) y
estableciendo la concentración mínima a la cual el analito puede ser detectado de una manera
fehaciente. Se considera generalmente aceptable una relación señal/ruido comprendida entre 3/1
y 2/1
2.- LD basado en la desviación tipo de las respuestas del blanco. La estimación de
esta desviación tipo se efectúa midiendo la magnitud de las respuestas analíticas de un número
apropiado de muestras blanco.
3.- LD basado en la desviación tipo residual de la regresión, efectuada con
muestras conteniendo concentraciones de analito en el rango del LD.
4.- LD basado en la desviación tipo del término independiente de la citada recta de
regresión.
Cuando el LD se basa en una desviación tipo de las respuestas, el resultado obtenido en unidades
de respuesta, debe dividirse por la pendiente de la recta de regresión con el fin de expresarlo en
unidades de concentración de analito. En estos casos es generalmente aceptable un LD resultante
de multiplicar por 3.3 la desviación tipo considerada. La nota CPMP/ICH/281/95 establece que el
valor de LD obtenido por cálculo puede ser confirmado o validado mediante el análisis
independiente de un número adecuado de muestras conteniendo cantidades de analito
cercanas al LD.
En los textos especializados se define también un Límite de Cuantificación (LC) como la menor
cantidad de analito que puede cuantificarse con seguridad por el método que se considera.
Valores típicos del LC son, para el cálculo basado en la relación señal/ruido, una relación de 10 a
1 y para los calculados a partir de desviaciones tipo, el LC es de 3.3 veces el LD (o el resultado de
multiplicar por 10 la desviación tipo considerada).
TRABAJO EXPERIMENTAL
Es muy posible que el analista disponga de datos, procedentes de trabajos efectuados con
anterioridad, que permitan estimar un LD. Si no es este el caso y se desea efectuar un
determinado trabajo experimental para dicha estimación, será conveniente conocer los siguientes
condicionantes a fin y efecto de que el diseño experimental esté acorde con los requerimientos de
EVA.
EVA efectuará un análisis de regresión por mínimos cuadrados de los datos introducidos con el fin
de calcular la pendiente de la resta de regresión, el término independiente de la misma y las
desviaciones tipo residual y de dicho término independiente. Por tratarse de un análisis de
regresión, son necesarias respuestas analíticas correspondientes a por lo menos dos valores de
variable predictiva.
El diseño experimental recomendado para estimar el LD consiste en preparar un blanco y por lo
menos dos muestras conteniendo sendas cantidades de analito separadas por un corto intervalo
próximo al LD, y obtener, como mínimo, cinco lecturas (replicados) tanto de cada muestra como
del blanco.
o O o O o
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