Sin embargo como novedad aparece que para conseguir esa imagen fiel en la contabilización de las operaciones se atenderá a su realidad económica y no sólo a su forma jurídica. Por lo tanto la imagen fiel parece que se independiza de la forma jurídica que tengan las operaciones para centrarse en sus aspectos económicos. Es decir, si una operación tiene una forma jurídica que no corresponde con el transfondo económico, deberá reflejarse el sentido económico de la operación para obtener la imagen fiel.
También se mantiene que cuando la aplicación de los requisitos, principios y criterios no sea suficiente para mostrar la imagen fiel deberá darse información adicional en la memoria. Igualmente cuando excepcionalmente la aplicación de los requisitos, principios y criterios no suministre la imagen fiel estos no se aplicarán. En este caso deberá justificarse suficientemente en la memoria e informar en la misma de los efectos sobre el patrimonio, la situación financiara y los resultados de la empresa.
También se señala que las cuentas anuales deben redactarse con claridad, de forma que la información suministrada sea comprensible y útil para los usuarios al tomar sus decisiones de forma análoga a la claridad que se exigía en los principios contables del anterior PGC y los requisitos de la información contable que se establecían en la Introducción al PGC y que ahora se tratan en el punto siguiente.
Por último las Cuentas anuales se componen de:
Estos documentos forman una unidad. No obstante, el estado de flujos de efectivo no será obligatorio para las empresas que puedan formular balance, estado de cambios en el patrimonio neto y memoria abreviados. Por lo tanto nos aparecen dos nuevos estados contables en las cuentas anuales, el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivo, además de mantenerse la distinción entre cuentas anuales normales y abreviadas.
La Ley 16/2.007, de reforma mercantil, establece los límites para poder formular cuentas anuales abreviadas, que distingue entre balance, estado de cambios en el patrimonio neto y memoria abreviados y cuenta de pérdidas y ganancias abreviada.
Para poder formular balance, estado de cambios en el patrimonio neto y memoria abreviados es necesario reunir en la fecha de cierre de dos ejercicios consecutivos, al menos dos de las siguientes condiciones:
Perderán esa facultad si dejan de reunir, durante dos ejercicios consecutivos, dos de las circunstancias anteriores. En caso de ser el primer ejercicio podrán formularse si se cumple el requisito.
Para poder formular cuenta de pérdidas y ganancias abreviada es necesario reunir en la fecha de cierre de dos ejercicios consecutivos, al menos dos de las siguientes condiciones:
Perderán esa facultad si dejan de reunir, durante dos ejercicios consecutivos, dos de las circunstancias anteriores. En caso de ser el primer ejercicio podrá formularse si se cumple el requisito.