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Alfonso Sancho Rodríguez
Constituyentes del SV: núcleo y complementosVer gráficos proyectados en clase: El sintagma verbal El sintagma verbal (SV) que funciona como predicado (P) de la oración está constituido por un verbo, o por una expresión compleja que funcione como tal (perífrasis verbal y locución verbal), y unos complementos. El primero es necesario para que exista sintagma verbal; los complementos pueden aparecer o no, tal y como ocurre con los adyacentes del sintagma nominal. El verbo consta de dos signos, uno léxico expresado por la raíz y otro gramatical manifestado por la terminación. El signo léxico es el verdadero núcleo del predicado de la oración, y el signo gramatical es el verdadero sujeto, esto es, la persona designada por la terminación verbal. Alarcos (1994, §312) llama a este sujeto, sujeto gramatical, y reserva el término de sujeto explícito para el sintagma nominal que concierta con el verbo en número y persona.
Los complementos son términos adyacentes del sintagma verbal que sirven para especificar con más precisión y en detalle la referencia a la realidad que efectúa el núcleo (verbo). Los complementos pueden estar constituidos por una sola palabra, por varias o, incluso, por toda una oración transpuesta (proposición subordinada).
Según la función que desempeñan en el sintagma verbal, existen varias clases de complementos:
Complemento directoVer gráficos proyectados en clase: El complemento directo Normas prácticas para el reconocimiento del CD Cuando el verbo necesita completar su referencia puede exigir un sustantivo o unidad sustantivada, en general pospuesto, que recibe el nombre de complemento directo: quiere comida, quiere una paella, quiere lo de siempre, quiere que lo inviten a comer. Pero no es el CD el único que puede limitar su referencia a algo más concreto: también lo hacen el suplemento y algunos de los que tradicionalmente se estudian como complementos circunstanciales.
Cuando esta función la desempeña un sintagma nominal, el CD no necesita preposición. Sin embargo, si el referente del CD es una persona, en general exige la preposición a: Paco quiere una moto / Paco quiere a Sonia. Pero esto no ocurre así siempre, como más abajo explicaremos. El CD suele aparecer pospuesto, aunque no necesariamente contiguo al verbo. Cuando, por motivos expresivos, se antepone al verbo, o cuando no se menciona porque la referencia es consabida, el verbo queda incrementado con un pronombre átono, lo, la, los o las, según el género y el número del SN antepuesto o elidido:
En el primer caso, la función que desempeña el pronombre se denomina complemento directo pleonástico. Cuando no va precedido de la preposición a o reiterado con el pronombre átono pleonástico, el CD carece de rasgos diferenciales respecto del sujeto. No obstante, hay procedimientos que se pueden aplicar en caso de duda: el significado, la conmutación por pronombres átonos, y, sobre todo, la concordancia entre núcleo del sujeto y núcleo del predicado. Cuando el CD se refiere a seres animados, la diferenciación, con ciertos verbos, puede resultar más difícil al hablante:
Esto también ocurre en algunos otros casos de ambigüedad en los que el referente del CD no es animado, aunque pueda considerarse personificado:
Para deshacer la ambigüedad, se antepone la preposición a al sintagma que funciona como CD; de este modo se distingue entre las oraciones:
Aunque la preposición a deshace normalmente la ambigüedad entre sujeto y CD, puede otras veces provocarla entre CD y complemento indirecto, que va forzosamente precedido de ella. Así, en la oración: Juan presentó a su novia a Martín, suele interpretarse que el primer complemento funciona como CD y el segundo como CI. Sin embargo, la construcción es ambigua y, para deshacer el equívoco, se suele recurrir a la supresión de la preposición del CD: Juan presento su novia a Martín. Por último, es conveniente decir que, según afirma Emilio Alarcos, los complementos de medida, duración, peso y precio desempeñan la función de CD, puesto que pueden ser conmutados por los átonos lo, la, los o las:
Complemento indirectoVer gráficos proyectados en clase: El complemento indirecto Es compatible con cualquier otro complemento en la misma oración, y suele designar al destinatario de la noción evocada por el verbo o, en su caso, por el conjunto del verbo y su CD o Supl:
El CI a su amigo especifica el destino de la experiencia denotada bien por el verbo, en el primer caso, bien por el verbo y su complemento, en los dos últimos. No es necesario que el referente del CI sea animado:
La preposición a se antepone siempre al CI, pero como también se usa en otras funciones (CD, Supl, CC), no basta ella sola para identificarlo. Respecto al CD, el indirecto presenta rasgos comunes:
Sin embargo, en tercera persona, la conmutación por el pronombre átono nos da una prueba suficiente para su diferenciación, siempre que no cometamos errores de loísmo, leísmo o laísmo:
Si concurren y deben ser sustituidos ambos, el CI se conmuta por se. Respecto a su posible confusión con el Supl basta la conmutación para establecer la diferencia. Compárense estos ejemplos:
con estos otros:
Tampoco es fácil confundirlo con el CC con a. La simple sustitución pronominal resuelve los poco probables equívocos:
No deben considerarse CI, los complementos introducidos por la preposición para, aunque puedan referirse en la realidad a un destinatario. Presentan rasgos que los diferencian claramente del CI:
Así pues, debemos considerar los segmentos con para como complementos circunstanciales. Con ciertos verbos, llamados pronominales, aparecen pronombres átonos que no se refieren a CI eludidos. Verbo y pronombre constituyen una unidad funcional y semántica, y no interesa discutir si son CD o CI. Estos pronombres son simple repercusión expresiva de la persona del sujeto, y su presencia matiza de forma diversa la noción manifestada por el verbo:
Complemento de interésVer gráficos proyectados en clase: El complemento de interés A veces, especialmente en el registro familiar, aparecen junto al verbo pronombres átonos que no pueden identificarse con los de CI. Son los llamados generalmente complementos de interés:
El papel del complemento de interés es el de hacer referencia a la persona interesada en lo que se dice.
SuplementoVer gráficos proyectados en clase: El suplemento Ciertos verbos necesitan completar su significado con este complemento que es muy parecido semánticamente al CD y formalmente al CC, pero que, a diferencia del CD, va siempre precedido de preposición (impuesta por el verbo):
Diferencias entre el Supl y el CDSemánticamente ambos cumplen una función análoga; sin embargo su función sintáctica es diversa, según se refleja en lo siguiente:
Diferencias entre el Supl y el CCA primera vista, los segmentos subrayados en los ejemplos de la izquierda (Supl) ofrecen una estructura semejante a la de los de la derecha (CC), también provistos de preposición:
Sin embargo, varios rasgos distinguen los Supl de los CC:
Un CC y un Supl no pueden coordinarse entre sí (*Hablan de música y de memoria); dos CC o dos Supl sí que pueden coordinarse (Hablan de música y de literatura, Acabó con sus ahorros y con la herencia). Incompatibilidad entre el Supl y el CDLo más frecuente es que no puedan aparecer juntos en el SV; y, como es natural, no es posible coordinarlos: sería agramatical decir *Aspiraba el perfume y a la gloria. Hay verbos que adoptan uno y otros que prefieren el otro complemento. Unos exigen CD: Zurce la ropa, Vendió los muebles, Comía pescado, Ha leído el periódico; otros, por la naturaleza de su significado, requieren un Supl: Carecía de apoyos, Desconfiad de las imitaciones, Su éxito estriba en el dinero, Contaré contigo; hay otros, por último, que pueden acompañarse del uno o del otro, con cambio de significado, según el complemento elegido: Trató la dolencia con antibióticos; trató de la dolencia con erudición. Ha cumplido veinte años; Ha cumplido con su deber. Aspiraba el aroma; Aspiraba al triunfo. Los verbos pronominales que siempre llevan pronombre reflexivo admiten un Supl: Me arrepiento de mis pecados, Te jactas de tus conquistas, Se ensaña con sus enemigos, No os dignáis a saludarnos. Se observa que la persona del pronombre reflexivo concuerda con el sujeto. Otros verbos pueden funcionar con o sin pronombre reflexivo. En el primer caso no pueden llevar CD sino Supl. Compárense las siguientes oraciones:
Suplemento indirectoVer gráficos proyectados en clase: El suplemento indirecto (En preparación) A pesar de lo dicho en el apartado anterior, hay oraciones en que coexisten el CD y un segmento con apariencia de suplemento:
Los sintagmas subrayados funcionan como CD, ya que podrían ser sustituidos por pronombres átonos lo, la, los o las. Los que aparecen en negrita tienen el aspecto de Supl ya que podrían ser suplidos por pronombres tónicos manteniendo la preposición: Judith dijo pestes de él. Pero, en estos ejemplos el segundo segmento no puede aparecer sin la presencia previa del CD, mientras que pueden ser correctas las oraciones si eliminamos este segundo segmento. Este sintagma nominal con preposición que exige la existencia simultánea del CD puede denominarse suplemento indirecto (Supl Ind).
Complemento circunstancialVer gráficos proyectados en clase: El complemento circunstancial Se llaman así porque suelen aportar significados marginales a los evocados por el núcleo verbal y sus CD, CI o Supl. Es decir, la presencia o ausencia de los CC no modifica en esencia la estructura ni el sentido de la oración. Mientras los CD, Supl y CI, necesitan ser sustituidos por un pronombre cuando su referencia es consabida, el complemento circunstancial (CC) puede eludirse sin que persista en la oración ningún sustituto suyo. Otro rasgo distintivo del CC es su mayor libertad de posición dentro de la oración. Esta libertad de posición es compartida por el sujeto. Pero en este caso, la libertad se justifica porque la concordancia con el verbo permite el fácil reconocimiento del sujeto. En cambio, los circunstanciales carecen de índices funcionales inequívocos; su diferenciación respecto de los otros complementos suele ser negativa: lo que no es ni directo, ni indirecto, ni suplemento, etc. es circunstancial. Mientras en cada oración sólo puede haber un CD, un Supl o un CI, caben en ella distintos CC:
Hay una categoría de palabras cuya función principal es la de complemento circunstancial: son los adverbios. Pero ese papel pueden desempeñarlo también segmentos diferentes y más complejos. Con frecuencia, estos segmentos pueden ser sustituidos por adverbios (aunque a veces con pérdida de detalles en la información). Estas estructuras son las siguientes:
Aunque en general los CC pueden ser sustituidos por adverbios, hay casos en que ello no es posible, porque la lengua carece de adverbios cuyo significado se refiera a las nociones de compañía, causa, instrumento, fin, condición, etc. Por eso, cuando se eluden estos CC hay que sustituirlos con pronombres tónicos con preposición, como ocurría con el Supl, con el que, sin embargo, no deben confundirse.
AtributoVer gráficos proyectados en clase: El atributo Un reducido número de verbos, llamados atributivos o copulativos (ser, estar, parecer), se caracteriza por adoptar un complemento peculiar, conocido como atributo (Atr). Suelen desempeñar esta función los adjetivos, pero en su lugar pueden aparecer sustantivos y otros segmentos más complejos:
Al igual que el CD y el Supl, el Atr sirve para limitar la aplicación designativa del verbo. También deja al ser eludido un pronombre átono que, en este caso, no varía en género y número. El sustituto del Atr siempre es lo: Lo es, Lo está, Lo parece, Lo será, etc. Por otra parte, el Atr (cuando lo permite la palabra que desempeña ese papel) concierta en género y número con el S. La concordancia de género deja de producirse cuando la palabra carece de variación genérica:
También falta la concordancia de género cuando el sujeto se refiere a la primera o a la segunda personas.
En estructuras ecuacionales (Enrique es el médico) o enfáticas (Es Pedro el que ha venido) resulta extremadamente difícil discernir cuál de los dos SN desempeña la función de S y cuál la de Atr. En estos casos nos limitaremos a intentar la prueba de la conmutación por lo. Si no nos resulta suficiente seguiremos un criterio de posición: el elemento antepuesto al verbo será el S y el pospuesto, el atributo; en caso de que los dos elementos aparezcan pospuestos, el que aparece inmediatamente detrás del verbo será el atributo. Y, si esto falla, simplemente indicaremos la indiferenciación.
Complemento predicativoVer gráficos proyectados en clase: El complemento predicativo Junto a verbos que no son atributivos puede darse un complemento de características similares al Atr, esto es, que varía de género y número concordando con el número del verbo y con el número y género del S (o sólo con el género y número del CD, como veremos más abajo):
El complemento predicativo subjetivo (CPred Subj) se diferencia del atributo en que no puede ser sustituidos por lo, sino por un adverbio: así. Incluso podría conmutarse por un adverbio de sentido modal: tranquilamente, silenciosamente. El CPred es compatible con otros complementos:
El CPred Subj afecta al signo léxico del verbo (al cual matiza) y al sujeto explícito (con el cual concuerda). Por otra parte, este complemento puede situarse, como un inciso entre comas, tras el sustantivo sujeto:
Estos adjetivos tampoco pueden ser sustituidos por lo como los atributos propios (*Ella se lo ha vuelto), sino por un adverbio o un demostrativo: Ella se ha vuelto así, Eso se ha vuelto ella. Otro tipo de predicativo, el complemento predicativo objetivo se encuentra en oraciones como las siguientes:
Concuerdan con el CD en lugar de hacerlo con el S y tampoco pueden conmutarse por lo, sino por un adverbio (si el predicativo es un adjetivo) o por el demostrativo neutro eso (si es un sustantivo): Dejaron así a la Directora, Han nombrado eso a Lola. No deben confundirse estas oraciones con otras que también llevan dos sustantivos: uno en función de CD, y otro inmovilizado en sus posibilidades de variación morfemática y sin posibilidad de llevar artículo:
Se trata de locuciones verbales cuyo significado se corresponde en algún caso con verbos en que quedan unificados los sentidos de hacer y del sustantivo inmovilizado: despedazó, pulveriza. Existe, por último, un tipo de predicativos constituidos por sintagmas nominales o adjetivos con preposición. Se asemejan al Supl por su estructura pero concuerdan con el S o con el CD. Son los complementos predicativos preposicionales (CPred Prep):
Complemento agenteVer gráficos proyectados en clase: El complemento agente Denominamos complemento agente (CAg) al sintagma nominal precedido de por (más raramente aparece con la preposición de) que se incluye en algunas pasivas perifrásticas para explicitar el agente de la acción:
Aunque también aparece en algunas pasivas de se en ciertos textos (administrativos, jurídicos, anuncios oficiales...), no resulta recomendable su uso con estas estructuras:
Página revisada el viernes, 10 de noviembre de 2006
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Alfonso Sancho Rodríguez: sancho1@mixmail.com |